Nuevo protocolo ante la aparición de casos de covid 19 en el alumnado.

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Estimadas familias: 
El Departamento de Educación nos envía el nuevo protocolo ante la aparición de casos de covid 19 en el alumnado. 
Con fecha de 8 de enero de 2022, en el seno de la Comisión de Salud Pública del Consejo Interterritorial se han aprobado los siguientes documentos:

·         Propuesta de refuerzo y adaptación de las medidas de prevención COVID-19 en centros educativos y centros universitarios para el reinicio de la actividad presencial en enero de 2022.

·         Adaptación de la guía de actuación ante la aparición de casos de COVID-19 en centros educativos a un contexto de alta circulación de virus SARS-COV-2.

Estos documentos estarán disponibles en:

https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludPublica/ccayes/alertasActual/nCov/documentos.htm

En estos documentos se recoge la concreción de las medidas para desarrollar los acuerdos adoptados en la reunión extraordinaria conjunta celebrada el pasado día 4 de enero entre el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, la Conferencia Sectorial de Educación y la Conferencia General de Política Universitaria de cara al reinicio de la actividad académica del curso 2021/2022 tras las vacaciones de Navidad.

Entre los aspectos a reseñar podemos destacar:

1.      Debemos garantizar la apertura de los centros educativos.

2.      Debemos reforzar la implementación y el cumplimiento de las medidas clave de prevención en centros educativos recogidas en el Protocolo de prevención y organización para el desarrollo de la actividad educativa presencial para el curso académico 2021-2022, en especial las siguientes:

a.       Es fundamental NO acudir al centro educativo si:

i.                    Hay cualquier síntoma compatible con COVID, se haya diagnosticado o no.

ii.                  Si hay diagnóstico de COVID.

iii.                Existe indicación de cuarentena.

b.      Asegurar una ventilación natural permanente y cruzada, y priorizar actividades al aire libre.

c.       Garantizar el uso correcto de la mascarilla, incluyendo su ajuste adecuado.

d.      Realizar una adecuada higiene de manos.

3.      Garantizar la presencialidad en todos los niveles educativos dada la alta cobertura de vacunación frente a COVID-19 a nivel poblacional, por lo que seguiremos con las mismas medidas organizativas que se estaban aplicando hasta ahora en los centros sin necesidad de cambios de escenario en función de los estados de alerta epidemiológica.

4.      Debida a la alta circulación del virus y al principio de priorización de la presencialidad en los centros educativos, no se aplicarán medidas dirigidas al cierre de un aula si no hay al menos una agrupación de 5 o más casos confirmados en la misma o un 20% de los alumnos en un periodo inferior o igual a 7 días.

5.      Los casos confirmados no deben acudir al centro y deben permanecer en aislamiento hasta transcurridos 3 días del fin del cuadro clínico y un mínimo de 7 días desde el inicio de los síntomas o desde el diagnóstico en casos asintomáticos.

6.      Las cuarentenas de aulas que se indiquen tendrán, con carácter general, una duración de 7 días y durante los tres días siguientes a la finalización de la misma se deberán extremar las precauciones y limitar las interacciones sociales utilizando de forma constante la mascarilla de acuerdo a la legislación vigente.

7.      Ante la aparición de un primer caso en un aula y hasta un total de 4, los alumnos y alumnas de los niveles educativos de infantil y primaria no realizarán cuarentena (a excepción de las personas con inmunosupresión).

8.      El profesorado y otro personal del centro, de todas las etapas educativas, y la población de 12 años y más seguirán las indicaciones de cuarentena que se proponen para la población general en el documento de Estrategia de detección precoz, vigilancia y control de COVID-19.

9.      Los centros de educación especial, se consideran entornos vulnerables, por lo que tendrán un seguimiento activo por parte del sistema de salud.

10.  Únicamente se realizará una prueba diagnóstica de infección activa (PCR u otras) a los contactos estrechos vulnerables o que vivan en entornos vulnerables. No se realizarán cribados con carácter general.

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